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Razones y sinrazones de unos veredictos de culpabilidad >
















El caso de Abderrazak Mounib
y Ahmed Tommouhi


● AGRESIONES EN SERIE
● LAS DETENCIONES
● EL DETALLE DEL HIDROCELE
● IDENTIFICACIONES VICIADAS
● LA ODISEA DEL VEHÍCULO
● LAS SENTENCIAS
● LAS VIOLACIONES SE REPITEN
● EL “DOBLE” DE TOMMOUHI
● ¡INOCENTES!
● LA FISCALÍA SOLICITA EL INDULTO
● PIDEN REVISAR LAS SENTENCIAS
● LOS APOYOS SE MULTIPLICAN
● COMPÁS DE ESPERA
● SE ESTUDIA UN TERCER GRADO
● UN INFORME DESFAVORABLE
● EL INDULTO, EN MANOS DEL GOBIERNO
● RECHAZAN EL RECURSO DE MOUNIB
● LA MUERTE DE MOUNIB
● EL RECURSO DE TOMMOUHI NO CORRE MEJOR SUERTE
● CARPETAZO FINAL DE LA JUSTICIA ESPAÑOLA



   Cronología de un calvario
(El grueso de la información reseñada en este apartado, que alcanza hasta junio de 2003, procede –a menudo textualmente de los artículos del periodista Domingo Marchena publicados en "La Vanguardia" hasta el 2001; también se han utilizado otras fuentes periodísticas entre las que hay que destacar los artículos publicados por Pere Ríos en "El País", por las mismas fechas– y judiciales)




AGRESIONES EN SERIE


A finales de 1991, una salvaje oleada de asaltos a parejas y agresiones sexuales sacude diversas localidades de Barcelona y Tarragona (Esparreguera, Esplugues de Llobregat, Mollet del Vallès, Viladecans, Terrassa, Olesa de Montserrat, Vilafranca del Penedès, La Bisbal, La Secuita, Salou...). El primer incidente tiene lugar el 5 de octubre, de madrugada. Le siguen otros, el 31 de octubre, el 3, el 4, el 5, el 7 y el 9 de noviembre. Algunos días, como el 3 de noviembre, los agresores cometen hasta tres delitos con apenas unas horas de diferencia.

Los dos agresores suelen sorprender a las víctimas en los descampados cuando intiman en los vehículos. A veces se hacen pasar por policías para obligar a salir a los ocupantes. Los amedrentan a punta de pistola o a golpes y los desvalijan. Luego los trasladan a otra zona para violar a la chica, con el novio o el acompañante presente, si no lo han dejado inconsciente. Las agresiones son tanto más violentas, cuanto mayor es la resistencia que pueden oponer las víctimas.

Algunas jóvenes logran huir en el último momento, aprovechando un descuido o la llegada de otro coche que pone en fuga a los delincuentes. Aún así, el panorama es desolador: más de una decena de jóvenes, algunas menores de edad, terminan siendo violadas y agredidas con tal saña (a una de ellas su agresor llega a desgarrarle un pezón de un mordisco) que muchas sufrirán después graves secuelas y verán condicionada su vida adulta.

Tras denunciar los hechos, algunas chicas sufren la “tortura” añadida de tener que explicar sus vejaciones hasta en tres ocasiones diferentes en menos de una semana ante policías, peritos y jueces.


LAS DETENCIONES

A pesar de que los delitos se producen en localidades muy distantes unas de otras, las descripciones coinciden y el Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil buscan a los mismos hombres. Tienen aspecto de norteafricanos, de magrebíes (si bien dos amigas, las únicas raptadas en una parada de autobús bien iluminada y, por tanto, quienes mejor han podido verles la cara, declaran que su aspecto es más bien agitanado). Aunque se dirigen a las víctimas en castellano, hablan entre ellos una lengua extraña, que se sospecha que es árabe.

El 9 de noviembre de 1991, Ahmed Tommouhi, un inmigrante marroquí, albañil temporero, que había estado trabajando en la recogida de la fruta en Girona, se traslada a Terrassa, porque le habían asegurado que faltaban peones para la construcción. Tommouhi, natural de Nador, tiene 40 años. Pisó España por primera vez en 1988. Está casado y tiene tres hijos, pero el único familiar que tiene aquí es un hermano, residente en Martorell. Una vez en Terrassa, se aloja en la pensión Agut, compartiendo habitación con otros dos marroquíes a los que no conoce.
Un subinspector de policía acaba de leer la circular sobre las agresiones cuando un empleado del hostal lleva a comisaría la lista de huéspedes, como están obligados a hacer todos los establecimientos de hospedería. Al agente se le ocurre investigar si la llegada de aquellos dos magrebíes se relaciona con la última de las violaciones cometidas. Así es como, el día 11, la policía detiene a Ahmed Tommouhi y a uno de sus compañeros de habitación, Mustafa Zaidani, por considerar que r
espondían a la descripción que se tenía de los agresores. Mientras que a Zaidani no lo reconoce nadie con seguridad y queda en libertad, a Tommouhi –con los papeles en regla y sin antecedentes penales- lo identifican algunas de las víctimas y permanece detenido. En adelante, su nombre aparecerá transcrito como Tommouch en innumerables documentos policiales y judiciales, un error que nadie se molestará en corregir.

Abderrazak Mounib es detenido dos días más tarde -el día 13- cuando se dispone a tomarse un refresco en un bar del barrio barcelonés de Santa Caterina. Un grupo de guardias civiles de paisano lo rodea y se lo lleva esposado. Mounib, nacido en la ciudad marroquí de Fez, es un vendedor ambulante de 39 años que llegó a España hace más de 16 años. Reside con su mujer y sus cuatro hijos en Barcelona.
Lo habían reconocido algunas víctimas en fotos que se les mostraron de posibles sospechosos. Aunque la prensa llegará a publicar por esas fechas que Mounib ya tenía antecedentes por unos abusos cometidos en Castellón en 1977, lo cierto es que no tiene antecedentes penales. Lo único que hay son antecedentes policiales de muchos años atrás, al parecer por un acto de exhibicionismo. Para su desgracia, aún conservan las fotos que le hicieron en comisaría, aun cuando sus antecedentes ya han prescrito.


EL DETALLE DEL HIDROCELE


Según constará en uno de los sumarios, cuando, el día 14 de noviembre, una de las víctimas se desplaza al lugar donde debe realizarse una rueda de reconocimiento, en compañía de un sargento de la Guardia Civil encargado del caso, la joven le participa durante la conversación que “el más tranquilo de los agresores, el que llevaba la voz cantante, el que hablaba mejor español, le había parecido que tenía uno de los dos testículos muy desarrollados". Será la única víctima que mencionará este detalle, y ésta la primera vez que lo hará.
El día anterior había tenido lugar la detención de Mounib y en el cuartel de la Guardia Civil de Sant Andreu habían comprobado la hipertrofia que presentaba uno de sus testículos, extremo del que no había referencias por parte de las víctimas. Mounib había aclarado que tenía un hidrocele testicular que no le permitía yacer con su mujer desde hacía años (el preso no será visitado por el urólogo hasta el 14 de febrero de 1992, confirmándose que se trataba de "un importante hidrocele de larga evolución, subsidiario de tratamiento quirúrgico").
La joven antes citada fue violada por dos hombres –identificará a Mounib y Tommouhi en las ruedas de reconocimiento- a la una de la madrugada del 10 de noviembre de 1991 en El Vendrell (Tarragona). Apenas 13 horas después de la violación, ante la Guardia Civil, definía de esta forma a sus agresores: "Voz ronca, pelo corto, pelo oscuro, complexión fuerte, edad entre 30 y 35 años; uno, con las facciones de la cara muy resaltadas, ambos con cazadoras de piel, no recordando más datos". El día 12, ante la juez, insistía en esos detalles, añadiendo "que ellos no se desnudaron y por tanto no puede citar ninguna cicatriz o elemento identificador".


IDENTIFICACIONES VICIADAS


Una grave irregularidad se produce con ocasión de una decisiva rueda de reconocimiento llevada a cabo en Terrassa el día 13 de noviembre. Antes de comenzar, las víctimas que han sido citadas para realizar la prueba ven a Tommouhi esposado en los pasillos de los juzgados. Un agente de la Guardia Civil allí presente -Reyes Benítez, que tendría después un papel clave en esta historia- revelará este detalle años más tarde.

El día 16, algunos diarios -entre los que se cuenta "La Vanguardia"- acompañan la noticia de las detenciones con la foto del presunto “organizador” de los asaltos: Abderrazak Mounib. Aunque después se especularía sobre si esto pudo influir en las identificación que hicieron las víctimas, lo cierto es que el grueso de las diligencias de reconocimiento -fotográficos y en rueda- ya habían sido practicadas antes de esa fecha. El 12 de diciembre, Mounib aún participaría en una rueda dispuesta especialmente para una de las parejas asaltadas en Vilafranca del Penedès, pero no puede descartarse que dichas víctimas ya lo hubieran visto en alguna rueda fotográfica previa y, por otro lado, se trataba del caso que se saldaría con la condena más leve -cuatro meses de arresto y multa-). 

Mounib y Tommouhi terminarán ingresando en prisión, acusados de ser los autores de las agresiones. En todo momento se declaran absolutamente inocentes. Además, manifiestan que nunca se habían visto antes. De hecho, posteriormente, nadie podrá probar que se conocieran antes de ser detenidos.


LA ODISEA DEL VEHÍCULO


Entre el día 16 y el 30 del mismo mes de noviembre de 1991, como se sabrá luego, el vehículo que supuestamente utilizaron los detenidos en varios de los casos (un "Renault 5" robado, de color gris metalizado, con matrícula falsa B-7661-FW y -a partir del 4 de noviembre de 1991, a raíz de la persecución de unas víctimas que lograron huir- con el faro delantero izquierdo destrozado) sigue siendo utilizado para cometer, como mínimo, cinco robos y agresiones.
En la noche del 24 al 25, por ejemplo, se emplea el mismo vehículo para cometer una violación en Tordera (denunciada en Blanes). Posteriormente, la víctima identificará a Mounib, con un 80% de seguridad, en las fotografías de la policía. Pero Mounib no había abandonado la prisión, por lo que, obviamente, no podía ser el agresor.
El 2 de diciembre –según trascenderá también años después-, vuelve a ser localizado el vehículo, aparcado en una calle de Mollet del Vallès. Guardias civiles de paisano se apuestan en las inmediaciones, por si los delincuentes vuelven a conducirlo. A las 19.30 horas de aquel día, un hombre -cuya descripción, según la perspectiva que da el tiempo, coincide con la de Antonio García Carbonell, del que se hablará más abajo- intenta abrir el automóvil, pero ve que se le echan encima y logra huir, pese a que se realizan disparos al aire.

La oleada de violaciones se interrumpe.


LAS SENTENCIAS


La maquinaria judicial está en marcha. Cada uno de los detenidos está imputado inicialmente en más de una decena de causas, pero acabará con sólo cuatro condenas, de las cuales –curiosamente- sólo dos serán en común. Las sentencias se irán dictando a lo largo de los años siguientes:

- En septiembre de 1992, la Sección Novena de la Audiencia de Barcelona condena a Ahmed Tommouhi a 24 años de prisión por dos delitos de violacíón basándose en que las víctimas reconocen inequívocamente en él a uno de sus agresores (al tiempo que descartan que Mounib sea el otro).
Las víctimas, apenas unas niñas, habían sido abordadas el 7 de noviembre de 1991 en Sant Feliu de Llobregat por dos desconocidos, que viajaban en un "coche pequeño, color claro o gris, de dos puertas y cuya matrícula podría ser B-7661-FW". Las violaciones tuvieron lugar dentro del vehículo, en un descampado de Cornellá.
Se da la circunstancia de que en las prendas de la muchacha presuntamente violada por Tommouhi se habían conservado algunos restos biológicos que, según análisis del Laboratorio de la Policía Científica, no pertenecían al marroquí. No obstante, el tribunal minimiza la relevancia de los resultados argumentando que la culpabilidad de Tommouhi queda “perfectamente acreditada por las categóricas y terminantes declaraciones de ambas mujeres identificándole como autor de los hechos”.

- En enero de 1993, la Sección Sexta de la Audiencia de Barcelona condena a Tommouhi a 6 años de prisión por un delito de robo con intimidación y toma de rehenes.
El 3 de noviembre de 1991, dos individuos habían atacado a una pareja que se encontraba en el interior de un automóvil en Terrassa (Barcelona). Secuestraron a la joven, de 17 años, tras propinar una paliza y robar a su acompañante. Mientras cometían el robo, uno de los delincuentes apuntó con una pistola a la sien de la joven víctima, a la que taparon los ojos, introdujeron en una furgoneta y dieron vueltas hasta abandonarla en una avenida de Terrassa.
La víctima identifica a dicho individuo como Tommouhi en varias ruedas de reconocimiento, “sin ningún género de dudas". El otro delincuente queda sin identificar.

- En el mismo mes, la Sección Quinta de la Audiencia de Barcelona condena a Abderrazak Mounib a penas que suman 17 años de prisión por los delitos de robo, detención ilegal y lesiones, en relación con unos hechos que tuvieron lugar cerca
de Vilafranca del Penedès, el 3 de noviembre.

- Al año siguiente, en 1994, la Sección Quinta de la Audiencia de Barcelona condena a Mounib y Tommouhi a 51 años de cárcel por violar, robar y secuestrar a una pareja el 5 de noviembre de 1991 en la localidad barcelonesa de Olesa de Montserrat. Nuevamente, la sentencia se basa en identificaciones: establece que son culpables, "siendo prueba irrefutable de su autoría el testimonio de las víctimas".
En este caso se dispone del pantalón de la víctima con restos de semen que podrían ser objeto de una prueba de ADN. No obstante, su mal estado de conservación hace imposible que pueda llevarse a cabo la prueba.

- El 7 de enero de 1995, la Sección Segunda (después pasará a ser la Tercera) de la Audiencia de Tarragona condena a Mounib y Tommouhi a penas de 84 años de prisión para cada uno por dos delitos de robo con violación y empleo de armas, otro de violación, dos más de detención ilegal y varias faltas de lesiones.
El 9 de noviembre de 1991 por la noche, en La Secuita (Tarragona), dos muchachas menores de edad fueron ultrajadas ante cuatro amigos, que habían sido golpeados y amarrados.
Aquella misma noche, ya en la madrugada del día 10, los dos autores de los anteriores delitos reincidían violando a una joven de 21 años en los alrededores de El Vendrell.
Las tres víctimas de las violaciones y uno de los cinco acompañantes habían identificado a Mounib y Tommouhi como los agresores.

- Por último, en octubre de 1995, el Juzgado de lo Penal número 17 de Barcelona condena a Mounib a cuatro meses de arresto y 250.000 pesetas de multa por un delito de coacciones y una falta de daños. Los agresores habían asaltado a una pareja en los alrededores de Vilafranca del Penedès, como en otro de los casos, sucedido también el 3 de noviembre. La titular de dicho juzgado dicta la condena habiendo reconocimiento sólo por parte de una de las víctimas, algo que considera "lógico" dadas las circunstancias en que se había producido la agresión.

En definitiva, con el paso de los años los detenidos son juzgados y condenados a más de un siglo y medio de cárcel cada uno por delitos de robo, violación, detención ilegal, coacciones y lesiones por las secciones Quinta, Sexta y Novena de la Audiencia de Barcelona, el Juzgado Penal nº 17 de esta ciudad y la Sección Segunda de la Audiencia de Tarragona. El testimonio de las víctimas, que les identifican en las ruedas de reconocimiento, es determinante.
Se trata de condenas de por vida, si bien el tiempo máximo que una persona puede estar en una cárcel española es de 20 años.

Mounib y Tommouhi presentan recursos de casación ante el Tribunal Supremo, pero son rechazados esgrimiendo la firmeza de las identificaciones. Las condenas adquieren firmeza.

"Nadie puede hacerse una idea de lo que significa ir a una prisión española por violación, y además ser magrebí”, comentan en alguna ocasión los abogados de Tommouhi. Los letrados se referían así a las “vejaciones, agresiones y todas las humillaciones imaginables” que habían venido sufriendo los reclusos desde su ingreso en prisión, toda una condena añadida.


LAS VIOLACIONES SE REPITEN

En 1995, tiene lugar una nueva serie de asaltos y violaciones, idéntica a la de 1991, más salvaje si cabe. Las agresiones se suceden, el 3, el 5, el 8, el 9, el 17 y el 23 de abril, el 14 de junio... Algunas víctimas identifican a Mounib y Tommouhi en fotografías, pero éstos no habían tenido ningún permiso carcelario. No obstante, los investigadores se hacen a la idea de que, nuevamente, van tras personas de origen extranjero.

El 8 de abril de 1995, una mujer es salvajemente asaltada en la ermita del Puig, en Esparreguera. La víctima identifica a tres paquistaníes que se pasan un mes en prisión preventiva hasta que los resultados de ADN prueban su inocencia.

La Guardia Civil descubre un Volkswagen Golf de color negro, con matrícula falsa B-1936-IC, abandonado en un polígono industrial cerca de la localidad barcelonesa de Sant Fruitós de Bages. Se monta un dispositivo de vigilancia, con la esperanza de que los delincuentes vuelvan a utilizarlo. El 20 de junio, un hombre se baja de una furgoneta Mercedes de color blanco y se introduce en el coche. Los agentes que lo detienen quedan sorprendidos al comprobar que no se trata de ningún “árabe” sino de un español de unos 60 años: Antonio García Carbonell.
En el coche y en la furgoneta aparecen un bate de béisbol y un revólver de fogueo como los que habían mencionado las víctimas de las violaciones, así como tarjetas de crédito y otras pertenencias robadas.
A Mounib y Tommouhi les habían condenado exclusivamente por las identificaciones de las víctimas. Contra Antonio García Carbonell, un gitano cuyas facciones pueden confundirse fácilmente con las de un norteafricano, sobre todo a oscuras y en una situación de pánico, pesan los efectos intervenidos, la detención in fraganti cuando iba a utilizar un coche maldito y, muy especialmente, las pruebas de ADN, prácticamente incuestionables, que dan al traste con la argumentación del acusado, padre de 10 hijos, de que él no podía ser el autor porque se lo impedía el código ético de los gitanos. Antonio García, por cierto, usa expresiones del caló o del romaní, que cualquiera podría confundir con el árabe.

En diciembre de 1996, García será juzgado por la Audiencia de Barcelona y condenado a más de dos siglos de cárcel por los robos y violaciones cometidos entre marzo y junio de 1995 en la provincia de Barcelona, en los asaltos nocturnos a cinco parejas en zonas despobladas. Pese a que el tribunal admitirá que ninguna de las víctimas había podido identificar a García -dadas las circunstancias en que sucedieron los hechos-, "las conclusiones de las pruebas sobre el ADN son rotundas" y serán el fundamento de la sentencia. El condenado nunca llegará a delatar a sus cómplices. Al parecer, el coautor de las violaciones sería un pariente suyo que continúa sin identificar.


EL “DOBLE” DE TOMMOUHI


Al ser detenido García, se pone de manifiesto su extraordinario parecido con Ahmed Tommouhi, pese a su diferencia de edad. Este detalle no pasa inadvertido a un guardia civil primero, perteneciente al equipo de la Policía Judicial de dicho cuerpo en Martorell, Reyes Benítez. El agente ya había sido testigo, años atrás, del incidente en los juzgados de Terrassa que pudo viciar el reconocimiento de Tommouhi por parte de algunas víctimas. Es consciente, además, de que los testimonios recientes que señalaban a Mounib y Tommouhi estaban equivocados, pues éstos no habían abandonado nunca la cárcel, como había podido verificar. Fuera de horas y hurtando tiempo a su familia, se dedica a investigar por su cuenta e ir atando cabos.
Si el español ha participado en las violaciones de 1995, se pregunta el agente, ¿por qué no pensar que también lo hiciera en las de 1991, tan similares? Sus averiguaciones no sólo permiten apuntalar esta hipótesis, sino que se traducen en un informe que avala la inocencia de los marroquíes. El documento, entregado por un teniente de la Guardia Civil a la fiscalía de Cataluña el 12 de marzo de 1996, enumera otras particularidades e irregularidades del caso, como la circunstancia de que la única prueba contra los magrebíes fueran los reconocimientos de las víctimas, pues nada incriminatorio apareció en su poder, o el hecho de que la prensa publicara la foto de Abderrazak Mounib cuando aún había ruedas de reconocimiento pendientes (en realidad, la mayoría de las víctimas que señalaron a Mounib -en fotos y/o en rueda- ya lo habían hecho antes de publicarse su imagen).

Ese mismo año 1996, las diligencias abiertas por la Fiscalía con vistas a localizar y cotejar los restos biológicos que se conservaran de las violaciones de 1991 dan fruto en uno de los casos: es posible extraer información genética de los restos de semen conservados en un pantalón de una de las víctimas. Cinco años antes, la técnica para realizar esa misma prueba no estaba tan desarrollada y los resultados no eran fiables.
Los peritos dictaminan que en el trozo de tela hay restos orgánicos de dos hombres, pero no de Mounib y Tommouhi, sino de Antonio García Carbonell y de alguien que tiene un parentesco directo con él, de primos para arriba.
Apoyándose en esta prueba pericial, la fiscalía interpone ante el Tribunal Supremo un recurso extraordinario de revisión de sentencia, al que se adhieren los abogados, un tipo de recurso que sólo se plantea en contadas ocasiones.


¡INOCENTES!

El 24 de mayo de 1997, los dos marroquíes son absueltos por el Tribunal Supremo, que anula la sentencia que la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Barcelona dictó en 1994 condenando a cada uno de ellos a 51 años de prisión por delitos de violación, robo y secuestro cometidos en 1991 en Olesa de Montserrat. “Los adelantos científicos –dice el fallo- han permitido alcanzar finalmente unos resultados claros y decisivos allí donde los conocimientos de 1992 fueron insuficientes.”
Uno de los tres letrados defensores de Ahmed Tommouhi, Manuel Ollé, declara: "[Con el fallo del Supremo] ha triunfado la auténtica verdad y la justicia material sobre la formal, demostrando la notoria inocencia de nuestros clientes".

No obstante, Mounib y Tommouhi siguen en prisión. Sobre el primero recaen todavía tres condenas en firme que suponen 101 años de cárcel. Sobre el segundo, otras tantas condenas que suman 114 años. Sus letrados subrayan que en esos casos la revisión es más compleja puesto que no hay una prueba nueva que pueda aportar más información. "Pero la Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé que el  condenado pueda plantear el recurso extraordinario de revisión y lo haremos", comenta Xavier Castellvell, abogado de Mounib.
Desde el Tribunal Superior de Cataluña, el fiscal jefe, José María Mena, precisa que la revisión extraordinaria de las otras condenas que pesan sobre los marroquíes no pueden ser impulsadas por el fiscal. "La fiscalía sólo puede plantear ese tipo de recurso extraordinario cuando se tiene una prueba objetiva, como lo fue la prueba del ADN con el trapo que todavía se conservaba. Pero en las otras causas no quedaron restos genéticos. Ello no quiere decir que los propios afectados no puedan impulsar la revisión extraordinaria".


LA FISCALÍA SOLICITA EL INDULTO


Pasan los meses. El 27 de febrero de 1998, Abderrazak Mounib comienza su quinta huelga de hambre en protesta por su situación.

A finales de 1998, se presenta un nuevo informe, también del equipo de policía judicial de la Guardia Civil de Martorell, que arroja más indicios si cabe de la inocencia de los marroquíes. Este segundo informe revela que el vehículo que supuestamente emplearon Mounib y Tommouhi para cometer los delitos fue empleado para intentar robarle el bolso de un tirón a una joven en la localidad barcelonesa de Montornès del Vallès el 13 de noviembre de 1991, cuando los condenados ya estaban detenidos. El 2 de diciembre, se localizó el vehículo aparcado en Mollet del Vallès y tuvo lugar un frustrado intento de detener al individuo que se disponía a abordarlo (¿Antonio García Carbonell?).

Azuzado por los abogados de la defensa y por los informes de la Guardia Civil, José María Mena, fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, pide a finales de abril de 1999 un indulto parcial -parcial porque los condenados ya están en prisión- para poder excarcelar a Mounib y Tommouhi, por albergar "serias dudas en conciencia de su culpabilidad". Los informes exculpatorios elaborados por la Guardia Civil son una pieza clave de la petición.
El fiscal jefe señala, por ejemplo, que el extraordinario parecido de Tommouhi con Antonio García "permite comprender la posible confusión de las víctimas en las diligencias de identificación que constituyeron en todos los casos elemento fundamental de la prueba acusatoria".
No obstante, los abogados recuerdan que han pasado ya casi dos años desde que se demostró el error judicial y se absolvió a sus clientes.
Como puntualiza Xavier Castellvell, abogado de Mounib, "Si la fiscalía duda es porque puede sospechar de la existencia de nuevas pruebas o indicios y, si eso es así, aparte de pedir el indulto, debería iniciar una investigación para aclarar esas dudas".


PIDEN REVISAR LAS SENTENCIAS


En los meses siguientes, diputados como Ignasi Guardans (CiU) y Joan Saura (IC), quien llega a hablar incluso de un caso de "latente racismo, de ese que no se ve, pero está ahí", hacen gestiones ante la ministra de Justicia, Margarita Mariscal de Gante, para intentar agilizar la excarcelación.

A mediados del mes de mayo, la Sección Quinta de la Audiencia de Barcelona emite un informe favorable al indulto de Abderrazak Mounib, al tiempo que ordena un mandamiento de libertad que no llega a cumplirse porque el preso tiene otras penas pendientes.
Todos y cada uno de los tribunales que dictaron sentencias contra los dos marroquíes deben remitir un informe al Ministerio de Justicia para que éste pueda valorar la concesión de los indultos. Este ha sido el primer informe en ver la luz.
El 7 de junio, la Sección Novena de la Audiencia de Barcelona envía al Ministerio de Justicia su correspondiente informe, en este caso favorable a la concesión del indulto de Ahmed Tommouhi.

En el mes de julio, los letrados de la defensa presentan sendos recursos de revisión extraordinaria de sentencia, Xavier Castellvell en nombre de Abderrazak Mounib, y Jordi Claret, Pedro Pardo y Manuel Ollé en el de Ahmed Tommouhi, con los que pretenden que la justicia admita el error cometido, y no todo se reduzca a una medida de gracia.

En septiembre de 1999, Antonio García Carbonell acepta una condena de 42 años, pactada con el fiscal, por el caso de Olesa de Montserrat de 1991, antes mencionado, en que el análisis de ADN había exculpado a Mounib y Tommouhi y le había señalado a él.
El fiscal, que solicitaba inicialmente 56 años de carcel por la violación, las sevicias, las agresiones, la violencia y el robo que sufrió la joven, reduce su petición a 42 años. El procesado acepta la condena y la vista no llega a celebrarse. Su abogado defensor explica luego que su cliente se considera inocente, aunque había admitido los hechos porque le interesaba. Unos años de más poco le importan a alguien con una condena tan larga como la suya, porque cumplirá el tope legal: 30 años, si le aplican redenciones y el viejo Código Penal; ó 20, si le aplican el nuevo y sin redenciones. Incluso puede que esté preso aún menos tiempo, si se atiende a su edad.


LOS APOYOS SE MULTIPLICAN


Por primera vez un alto cargo del Gobierno se pronuncia sobre la situación de Mounib y Tommouhi. El 29 de septiembre, el ministro de Asuntos Exteriores, Abel Matutes, reconoce en el Congreso que hace suya la petición de indulto y que se pondrá en contacto con la ministra de Justicia, Margarita Mariscal de Gante, para interesarse por la agilización de los trámites.
Matutes responde de esta manera a una petición personal del diputado Ignasi Guardans, uno de los portavoces de CiU y miembro del grupo parlamentario catalán en el Congreso. El ministro le confirma que estaba al tanto de la situación de los dos marroquíes.

Los abogados de los marroquíes, acogen con reservas este nuevo impulso que recibe la solicitud de excarcelación de sus patrocinados. Los defensores insisten en que ya es hora de que se acelere la maquinaria judicial, máxime si se tiene en cuenta que la fiscalía presentó la petición de indulto hace cuatro meses sin que se hayan notado avances significativos, pero insisten también en que si el indulto ha de comportar el olvido de todo lo ocurrido no solucionará nada, sino que agravará el problema.

A finales de septiembre, Mounib hace un amago de protagonizar una nueva huelga de hambre. Lleva varias desde que ingresó en prisión, a pesar de que es diabético y su salud se resiente más de lo normal de los ayunos forzados. Personas de su entorno le convencen de que no lo haga, para mantenerse fuerte estos días en que parece verse el final del túnel.

El 20 de octubre de 1999, la junta de gobierno del Col·legi d'Advocats de Barcelona emite un contundente comunicado en el que reclama la "inmediata liberación" de los dos marroquíes.
"Debido a que ha transcurrido demasiado tiempo -señala el comunicado- y dado que continúan privados de libertad, a pesar de probarse su inocencia y de que la fiscalía haya solicitado el indulto, el Col·legi d'Advocats cree que no hay justificación para más dilaciones. Por ello, los letrados de Barcelona solicitan su inmediata liberación y consideran que la justicia debería poner todos los medios necesarios y actuar con la máxima celeridad para restituirles sus derechos fundamentales y reparar el daño que el encarcelamiento les haya causado a ellos y a sus familiares."
Esta muestra de apoyo colectiva a la petición de la medida de gracia irrita profundamente a una abogada en particular: la víctima de la agresión de El Vendrell del 10 de  noviembre de 1991, que con el tiempo acabó la carrera de Derecho. Siempre ha identificado a Mounib y Tommouhi como sus agresores.

Por su parte, la consellera de Justicia de la Generalitat, Núria de Gispert, señala: "Me parece perfecto que todo el mundo reclame su indulto, pero ahora se debe actuar, no basta con salir en la prensa pidiéndolo". Gispert insiste en que el indulto sea efectivo lo antes posible o, en su defecto, que haya "una salida jurídica lo más rápida posible".


COMPÁS DE ESPERA

Entretanto, el Tribunal Supremo da un primer paso para la eventual revocación de las condenas. Un fiscal no rechaza el recurso extraordinario de revisión de sentencia presentado por los abogados de uno de los presos. Esto hace suponer que el fiscal que informe sobre el recurso del otro recluso tampoco se opondrá y seguirá el mismo camino al tratarse de casos idénticos.
La vía que intentan abrir los letrados Pedro Pardo, Jordi Claret y Xavier Castellvell en el Supremo busca que la excarcelación llegue por el reconocimiento de su inocencia, y no por concesión de una medida de gracia. El fiscal que ahora se ha pronunciado sobre el primer recurso de revisión admite que el "elemento probatorio básico" para las condenas fueron las identificaciones, aunque el tiempo había demostrado que las ruedas de reconocimiento estuvieron viciadas  y que hubo víctimas que se confundieron.
La respuesta de la fiscalía a la Sala Segunda del Supremo admite que si unas víctimas se confundieron, "se puede inferir [...] que se haya producido igual confusión" en otros casos. El escrito agrega que hay "elementos de duda" sobre la culpabilidad de los acusados, aunque muchos de ellos no son ninguna novedad "puesto que ya eran conocidos en el momento en que se produjo el enjuiciamiento". También recuerda que "la inocultable aparición de dudas sobre la culpabilidad" de los acusados ya llevó a la fiscalía de Cataluña a pedir el indulto.

El 24 de octubre de 1999, tiene lugar en Barcelona una manifestación ciudadana en favor de la libertad de los dos presos, convocada por la asociación sociocultural del colectivo marroquí en Cataluña "As Nahda", que preside Noureddine Douah. Pese a que el acto cuenta con el apoyo de una veintena de entidades vecinales, grupos culturales y organizaciones no gubernamentales, más algún político, la participación ciudadana deja mucho que desear: la marcha sólo congrega a unos pocos centenares de personas, buena parte de ellas magrebíes.

El 25 de octubre, uno de los colaboradores del Síndic de Greuges (el “Defensor del Pueblo” catalán), que también está siguiendo el caso, se entrevista con los reclusos.

El 26 de octubre, el Colegio de Abogados de Rabat se une al coro de voces a favor de la excarcelación de sus compatriotas.

El  28 del mismo mes, el Juzgado de lo Penal número 17 de Barcelona informa a favor del indulto de Mounib. Otros dos tribunales aún no se han pronunciado.

A pesar de correr el rumor en Madrid de que el indulto es inminente, termina el mes de octubre y acaba resultando que el Consejo de Ministros no puede ni estudiarlo. Aún hay pendientes algunos de los informes preceptivos que deben hacer los tribunales sentenciadores para ser remitidos al Ministerio de Justicia.


SE ESTUDIA UN TERCER GRADO

Llega noviembre. Fuentes de la Administración penitenciaria, dependiente de la Generalitat de Cataluña, admiten que "se estudia" la posibilidad de aplicar una forma de prisión atenuada todavía por determinar, que podría ir desde su traslado a la sección abierta de la cárcel Modelo, a la que sólo acudirían para dormir, hasta la libertad provisional. Con ello se pretendería compensar en parte el retraso -más de medio año ya y aún quedan trámites pendientes- en gestionar el indulto.
Los acusados no han cumplido ni de lejos la cuarta parte de sus condenas, pero pese a ello se les podría conceder un tercer grado especial, como el que han recibido, por ejemplo, algunos insumisos. La medida, pese a todo, podría ser recurrida por la justicia, aunque la fiscalía no parece muy por la labor.
Los condenados anuncian que si los excarcelan con la concesión del tercer grado, deberán obligarles a abandonar la prisión de Brians por la fuerza y acamparán frente a sus muros. Si a algo se han acostumbrado es a esperar y no están dispuestos a ganar la libertad con una medida de urgencia y por la puerta trasera. No quieren el perdón, sino "ir por la calle con la cabeza bien alta" y ven con envidia la reacción internacional suscitada por el caso de Joaquín José Martínez, condenado a la pena capital en Estados Unidos.
"Sólo queremos -dice Mounib- recibir el mismo trato que el español del corredor de la muerte. Numerosos políticos y organizaciones no gubernamentales se han interesado por él, pero nadie ha pedido que se le indulte. Sólo que se revise su juicio. Nosotros queremos lo mismo. Si la justicia está segura de que somos culpables, nos da igual lo que hagan con nosotros. Que nos maten, si quieren. Pero si creen que no somos culpables, que lo reconozcan y que se dejen de medias tintas".

El 6 de noviembre de 1999, Jordi Guillot, dirigente de Iniciativa per Catalunya-Verds (IC-V), hace público un comunicado en que califica de "tremenda injusticia" la situación que viven ambos marroquíes, que a juicio de Guillot están encarcelados por error. Asimismo anuncia que pedirá a las autoridades judiciales la "revisión inmediata" de los casos por los que permanecen en prisión.

El 8 de noviembre, Abderrazak Mounib y Ahmed Tommouhi inician una nueva huelga de hambre y sed, que interrumpirán tres días después.


UN INFORME DESFAVORABLE


Entretanto, a principios de mes, se hace público que la Sección Tercera (antes Segunda) de la Audiencia de Tarragona  ha emitido un informe, con fecha del 20 de octubre de 1999, contrario a la concesión del indulto de los condenados. Dicho tribunal había juzgado conjuntamente a Mounib y Tommouhi.
El informe que emite cada tribunal es la conclusión de un expediente en el que se solicita también el parecer del centro penitenciario en el que está internado el recluso, sus antecedentes penales, la copia de la sentencia dictada, la opinión del fiscal y, algunas veces, de las acusaciones particulares que comparecieron en el caso. El parecer del fiscal jefe de Tarragona en este caso, José María Parra, es favorable al indulto, en la línea del de Mena. No obstante, como hace constar el magistrado ponente en el dictamen, la opinión de la Sala es desfavorable, pesando mucho “la oposición manifestada por las perjudicadas por los delitos de violación y robo con violación”.
El tribunal considera que los hechos por los que fueron condenados Mounib y Tommouhi "están plenamente probados", siendo "unánimes" las declaraciones de las tres víctimas y de los cinco testigos de las tres violaciones. Asimismo, estima que diversos detalles reiteran la culpabilidad de los acusados, como la raza a la que pertenecían, el idioma que hablaban o el hidrocele del testículo de uno de ellos (pruebas que, por su parte, vienen cuestionando los abogados de la defensa).
El único documento que falta ahora para que el Ministerio de Justicia tome una decisión es el informe de la Sección Sexta de la Audiencia de Barcelona, la cual ni siquiera ha empezado a estudiar todavía el caso.

El día 11 de noviembre, se anuncia que la concesión del tercer grado a los presos, por la que se había interesado incluso la fiscalía, está ya prácticamente descartada. El Departamento de Justicia de la Generalitat no tiene previsto variar la situación carcelaria en la que se encuentran los dos marroquíes. El fiscal de vigilancia penitenciaria había informado a favor del régimen abierto de los dos reclusos, pero Justicia anuncia que no accederá a esa petición por la gravedad de las condenas. Mounib y Tommouhi seguirán clasificados en segundo grado.
Ignasi García Clavel, director general de Servicios Penitenciarios y Rehabilitación, entiende que para concederles el régimen abierto no basta con tener serias dudas sobre su culpabilidad y con que el fiscal lo solicite: "Eso sería muy peligroso porque ambos presos tienen condenas firmes muy abultadas, porque los indicios no bastan y porque existen otros mecanismos para que se demuestre su inocencia". El problema es que esos otros mecanismos –como el recurso extraordinario de revisión de condena o, hasta cierto punto, el indulto- siguen su curso muy lentamente.
García Clavel aprovecha para recordar, además, que la Audiencia de Tarragona se acaba de pronunciar en contra del indulto.


EL INDULTO, EN MANOS DEL GOBIERNO


El día 12 del mismo mes, la Sección Sexta de la Audiencia de Barcelona emite por fin su informe, que remite al Ministerio de Justicia a los pocos días. El magistrado Francisco Javier Béjar, presidente del tribunal, achaca el “retraso considerable", de más de siete meses, a que en su sala están muchos de los miembros de la junta electoral y "hemos tenido dos elecciones muy seguidas". El último de los cinco tribunales que debían pronunciarse sobre el indulto, de Tommouhi en esta ocasión, lo hace desfavorablemente, por la crueldad con la que el condenado se ensañó con la pareja asaltada en Terrassa en 1991.

En definitiva, tres de los cinco tribunales han resultado ser partidarios de la concesión de la medida de gracia y dos no. Se han opuesto la Sección Sexta de la Audiencia de Barcelona y la Sección Tercera de la Audiencia de Tarragona. No obstante, los marroquíes podrían ser indultados pese a la oposición de algunos de los tribunales dado que la petición es de indulto parcial (ya han cumplido parte de la condena) y sólo en la tramitación del indulto total es preceptivo que los tribunales informen a favor.
A todo esto, las agredidas siempre se han mostrado en contra de indultar a Mounib y Tommouhi. Algunas de estas mujeres ven un "montaje mediático" en las noticias que ha generado el caso.


RECHAZAN EL RECURSO DE MOUNIB


Los recursos extraordinarios de revisión de sentencia presentados por los abogados de ambos condenados, se van abriendo camino tímidamente. Como paso previo a la aceptación o no de los recursos, el Tribunal Supremo ordena la práctica de numerosas pruebas, entre ellas, que se busquen muestras de restos biológicos en laboratorios y hospitales relacionados con el caso, que declaren los agentes de la Guardia Civil que redactaron los informes exculpatorios, que se investiguen denuncias en que apareciera el coche utilizado por los violadores y que se le remitan fotografías de A. Tommouhi y A. García Carbonell realizadas en noviembre de 1991. El Tribunal Supremo también reclama copia de la petición de indulto parcial presentada por el fiscal jefe de Cataluña.

Por cierto, aunque el Gobierno dispone ya de todos los informes preceptivos para resolver la medida de gracia, fuentes judiciales opinan que, tras la decisión del Supremo según la cual prácticamente se abre la puerta a la revisión de las condenas, es bastante probable que no se conceda el indulto.

En diciembre de 1999, los agentes de la Guardia Civil que redactaron y entregaron a la fiscalía los informes que avalaron la inocencia de los dos presos marroquíes ratifican ante el Tribunal Supremo dichos informes.
Uno de los agentes afirma, incluso, que tiene "la convicción personal" de que los dos condenados son inocentes.

A primeros de abril del 2000, se hace público que el Tribunal Supremo acuerda no autorizar la solicitud de revisión de condenas de Mounib. Los jueces aceptan reticencias sobre algunos aspectos del caso: por ejemplo, el hecho de que hubiera víctimas que les culparan a él y a Tommouhi de agresiones sexuales cometidas cuando ya estaban encarcelados, o que el mismo vehículo que supuestamente utilizaron ellos continuara siendo utilizado para delinquir cuando ya estaban detenidos. No obstante, los magistrados indican que con extremos como éstos "pueden suscitarse dudas ahora, una vez celebrados los correspondientes juicios y alcanzada la firmeza en las resoluciones correspondientes, pero nunca pueden servir para probar la inocencia en esta clase de recursos". Unos recursos, aclaran, que sólo prosperan cuando, como en el caso del ADN, "sobrevengan los conocimientos de nuevos hechos o de nuevos elementos de prueba, de tal naturaleza que evidencien la inocencia del condenado".
De todas maneras, no puede descartarse que el Supremo sí acepte el recurso de Tommouhi, lo que resultaría beneficioso para Mounib, ya que la inocencia de uno no se puede sostener sin la del otro.
En el peor de los casos, a Mounib sólo le cabe esperar que la tramitación del indulto se reactive, después de estar paralizada a la espera de la decisión del Supremo, o bien esperar a beneficiarse del tercer grado, más adelante.


LA MUERTE DE MOUNIB


En la madrugada del día 26 de abril del 2000, Abderrazak Mounib fallece de un infarto a los 48 años de edad en su celda de la cárcel de Can Brians, después de algo más de ocho años de reclusión ininterrumpida. Mounib, que padecía diabetes –al parecer, le sobrevino en la cárcel- y tenía problemas de hipertensión, había sido hospitalizado hacía dos meses por una hipoglucemia y desde entonces había perdido 20 kilos.
Fuentes del centro penitenciario confirman que "no era un interno problemático en absoluto". Desde febrero de 1995 tenía la clasificación de interno de segundo grado.
Mounib muere el mismo día en que su abogado, Xavier Castellvell, se dispone a presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, mientras la embajada de Marruecos busca a un catedrático para que colabore con el letrado y el caso pueda llegar hasta el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.
La consellera de Justicia, Núria de Gispert, lamenta la muerte del recluso, pero opina que: “Mounib mantenía que era inocente pero sólo en uno de los casos por los que había sido juzgado existían serias dudas y estaba pendiente de la revisión del Tribunal Supremo. En Tarragona los jueces habían reafirmado una sentencia de culpabilidad en otro caso por el que había sido juzgado”.
El cónsul de Marruecos en Barcelona, Mustafá Salahdine, coincide con la familia de Mounib en manifestar que "la lucha legal sigue adelante", para lavar su honor.

El 30 de abril, la comunidad magrebí rinde homenaje al difunto Abderrazak Mounib con una marcha hasta la cárcel de Can Brians, en Sant Esteve Sesrovires, en la que murió. El acto congrega a unas 300 personas.


EL RECURSO DE TOMMOUHI NO CORRE MEJOR SUERTE

En julio del 2000, el Tribunal Supremo rechaza la revisión de la condena a Tommouhi, aun reconociendo que "han aparecido algunos hechos o elementos de prueba que pudieran hacer surgir dudas o sombras sobre la participación del recurrente". Sin embargo, considera que dichas pruebas "sólo sirven para introducir incertidumbres, pero no datos firmes y sólidos" que lleven a una "convicción de inocencia" como la que según ellos exige la revocación de penas demandada, especialmente tratándose de un recurso como el de revisión, "de tan estrechos márgenes y de tan estrictas exigencias".
El Supremo se refiere a "la aparición de un automóvil que pudo ser el utilizado en la comisión de los hechos" y al parecido del recurrente "con una persona detenida con posterioridad". Pero insiste en que "no son en sí mismos suficientes para establecer inequívocamente la inocencia del condenado y no afectan a la validez y efectividad de los reconocimientos" de las víctimas. El tribunal recuerda que todas las víctimas "han mostrado su rechazo a la concesión del indulto y se han reafirmado en la seguridad y certeza" de las identificaciones.
No obstante, el Supremo insta a solicitar el indulto para el condenado...: "una salida adecuada a la situación creada por las pruebas adjuntadas al presente recurso, sería la de iniciar la tramitación de un indulto de las penas que quedan por cumplir que deberá ser solicitado por el propio recurrente o impulsado de oficio por el órgano juzgador o incluso el Ministerio Fiscal podría instar a su presentación".


La denegación de la revisión a Tommouhi significa que ni él ni la familia del difunto Mounib obtendrán el resarcimiento material y moral que pretendían.
Los letrados del primero optan por presentar ahora un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.


CARPETAZO FINAL DE LA JUSTICIA ESPAÑOLA


Al año siguiente, en julio del 2001, el Tribunal Constitucional rechaza el recurso de amparo interpuesto por los abogados de Tommouhi. La firmeza de quienes sufrieron las agresiones sexuales a la hora de identificarlos ha pesado en la decisión del Constitucional, que alude a "la contundencia de la prueba de reconocimiento [...] por parte de las víctimas". 
En una resolución de apenas un folio y que se ha hecho esperar un año, recuerda que el Tribunal Supremo confirmó las condenas y que "no basta que las pruebas introduzcan la duda sobre la autoría de los hechos" para revisar las sentencias.
"Sabíamos -dicen los defensores- que la justicia española no iba a reconocer que en cuatro ocasiones se había equivocado, pero debíamos agotar todos los recursos antes de acudir al Tribunal de Estrasburgo".
Con esta decisión se agotan todas las posibilidades judiciales del acusado en España y ya sólo le queda una puerta a la que llamar, la del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.

Ese mismo mes de julio, se celebra en Barcelona una manifestación de apoyo a Tommouhi y la familia de Mounib, organizada por la asociación sociocultural del colectivo marroquí en Cataluña "As Nahda". El acto cuenta con la presencia solidaria de Joaquín José Martínez, el español que se salvó del corredor de la muerte en Estados Unidos. Martínez dice promover una fundación de ayuda a inocentes encarcelados.
En la marcha participan una treintena de personas. Sólo la asistencia de Martínez hace posible que los medios se acuerden del caso por un día.
Malos tiempos para la Justicia.

En espera de las noticias de Estrasburgo (el recurso se interpuso el 3/1/2002), el caso sigue siendo objeto de seguimiento desde instancias tan diversas como la asociación cultural marroquí "Ibn Batuta", de Mohamed Chaib, en Barcelona, el propio Consulado de Marruecos o la regiduría municipal de Drets Civils del ayuntamiento barcelonés, por iniciativa de la regidora Roser Veciana (que, en el momento de cerrar estas líneas -junio del 2003-, ya ha desaparecido del consistorio, tras las últimas elecciones municipales).
Pero hace tiempo que se ha instaurado el pesimismo.

Según se sabrá posteriormente [-ver NOVEDADES / enero 2005-] la demanda de Tommouhi había sido inadmitida por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en marzo del 2002.



(Junio 2003 / Última revisión: agosto 2008)



VER ÚLTIMAS NOVEDADES (posteriores a junio de 2003)



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