¿DE QUÉ SE TRATA?
En pocas palabras… Imagínese que, un mal
día, gente que usted no conoce le "reconoce". Desde ese
momento, graves cargos recaen sobre usted y la cárcel se
convierte en su casa. Acude a juicios donde sólo puede
alegar que es inocente... pero no puede demostrarlo.
Imagínese que pasan años y años y
sigue entre rejas, mientras los recursos presentados ante los
más altos tribunales terminan sumiéndole en el
más total desamparo. Pues bien, esto le ha estado
sucediendo a alguien aquí y ahora.
Ahmed Tommouhi se ha pasado casi quince años en la
cárcel. Estaba recluido en la prisión
barcelonesa de Can Brians. Lo mismo podríamos estar diciendo
de Abderrazak Mounib -otro inmigrante marroquí- si no fuera
porque falleció en la misma prisión en abril del
2000. La justicia española consideró que ambos
estaban involucrados en una salvaje oleada de agresiones sexuales que
sacudió diversas localidades de Barcelona y Tarragona a
finales de 1991. Los recursos que fueron interponiendo sus abogados
ante los tribunales para lograr su excarcelación no prosperaron.
¿INOCENTES?
¿ESTÁ INSINUANDO QUE FUERON CONDENADOS
ARBITRARIAMENTE, SIN PRUEBAS? ¿VARIOS TRIBUNALES
HABRÍAN RATIFICADO UNA Y OTRA VEZ SUS CONDENAS, SIN PRUEBAS?
Lo
que no ha habido nunca son
pruebas materiales que los incriminaran. Sólo testimonios e
identificaciones en ruedas de reconocimiento. Los tribunales lo
consideran suficiente para condenar, especialmente cuando se trata de
delitos graves de los que puede no haber otro tipo de pruebas.
¿ACASO NO TIENEN VALOR
LOS TESTIMONIOS DE LAS VÍCTIMAS?
Naturalmente que sí. Pero no pueden considerarse infalibles.
De hecho, hay que advertir que la Psicología del Testimonio
demostró hace tiempo que la identificación es una
prueba muy falible que no debería servir, por sí
sola, para condenar. ¿Quién no ha sido confundido
con otra persona alguna vez? ¿Quién no ha
creído reconocer a alguien por la calle en alguna
ocasión, equivocadamente? En muchas ruedas de reconocimiento se ha
señalado a policías o a funcionarios del Juzgado
que colaboraban en la rueda. Que sepamos, nunca se ha seguido causa
criminal contra ellos, algo que no sería lógico
si las ruedas de reconocimiento fueran tan fiables como se pretende a
veces...
También está demostrado que la "firmeza" de un
testimonio no es necesariamente una garantía de exactitud.
Son constataciones científicas que a menudo son ignoradas
por los jueces. Las crónicas judiciales aportan numerosos
ejemplos de falsos culpables condenados en base a testimonios
erróneos.
ES UNA POSIBILIDAD, PERO ¿CÓMO IBAN A EQUIVOCARSE
TANTAS VÍCTIMAS AL RECONOCER A SUS AGRESORES? ¿O
ACASO ESTAMOS HABLANDO DE UN COMPLOT...?
No, no hablamos de falsos testimonios. Hablamos de comprensibles
errores humanos, por los que no habría que criminalizar a
las víctimas, que ya pasaron su propio calvario. Lo cierto
es que el número de testimonios inculpatorios no
tendría aquí la importancia que parece tener a
primera vista. En primer lugar, porque también hubo
víctimas que no reconocieron a los acusados. En segundo
lugar, durante el proceso llegaron a producirse varias
situaciones irregulares que pudieron predisponer a la
identificación de los detenidos (por ejemplo, el hecho de que Tommouhi anduviera esposado a la
vista de algunas víctimas justo antes de la rueda
de reconocimiento). Y, en tercer lugar, porque los delitos bien
pudieron cometerlos personas que se les parecieran
físicamente...
¿TIENE ALGUNA BASE LA
SOSPECHA DE QUE SE PARECIERAN A LOS AUTÉNTICOS CULPABLES?
Efectivamente, no se trata de una especulación gratuita.
Hubo quien declaró que los acusados se parecían
mucho a sus agresores pero que no eran ellos. Hubo quien los
reconoció cuando era materialmente imposible que fueran
culpables, por hallarse ya en prisión. Y posteriormente, en 1995, cuando ya
llevaban casi cuatro años en la cárcel, se
produjo una nueva serie de violaciones idéntica a la que se
les había atribuido. Las descripciones que dieron las
víctimas volvían a incriminarlos...
Pero hay mucho más que indicios. ¡El "doble" de Ahmed
Tommouhi llegó a ser detenido! Se llama Antonio
García Carbonell, es español, pertenece a la
comunidad gitana y guarda un extraordinario parecido con el anterior.
Fue condenado por las violaciones cometidas en 1995 en
compañía de un cómplice que no
llegó a ser localizado. Pruebas de ADN demostraron sin lugar
a dudas su culpabilidad en una de las agresiones sexuales del
año 1991, por la que habían sido condenados
Mounib y Tommouhi. Fue así como el Tribunal Supremo
terminó anulando una sentencia que los condenaba a
más de 50 años de prisión. Pero no
quedaron en libertad. Desgraciadamente, en otros de los casos por los
que habían sido condenados no se dispuso de ninguna
prueba de ADN similar que disipara las dudas.
TODO ESTO ES MUY REVELADOR, PERO
¿QUÉ SEGURIDAD TENEMOS DE QUE LOS CONDENADOS
TAMBIÉN SEAN INOCENTES EN LOS DEMÁS CASOS?
En este contexto, la pregunta es un despropósito. Se supone
que en un proceso judicial se ha de probar la culpabilidad de un
acusado. En definitiva, lo que hay que plantear es:
¿qué seguridad tenemos de que sean realmente
culpables en los demás casos? Como acabamos de ver,
está demostrado que se produjo un grave error en una
ocasión. También está demostrado que
se dieron condiciones para que el error pudiera repetirse otras veces.
Por consiguiente, no tendría nada de extraño que
hubiera sido así. Habiendo pues serias dudas sobre su
culpabilidad debería haberse resuelto de acuerdo al "in dubio pro
reo" ("en la duda, a favor del reo"). Si hubiera sido posible volverlos a juzgar, ¡Mounib y Tommouhi
ya deberían haber sido excarcelados a mediados de los noventa!
¿QUÉ MÁS PUEDE ALEGARSE A FAVOR DE LA
INOCENCIA DE ESTOS CONDENADOS?
Hay un argumento de peso que surge con fuerza al contemplar el problema
en su totalidad y nos convence de su inocencia.
Veamos. Mantener su culpabilidad equivale a sostener que en 1991, en
Cataluña, operaban -como mínimo- dos parejas
independientes de agresores sexuales, una compuesta por
españoles (García y cómplice) y otra
por marroquíes (Mounib y Tommouhi) que guardaban un notable
parecido físico entre sí, utilizaban los mismos
peculiares métodos e incluso, posiblemente, tenían acceso al
mismo vehículo. En efecto, durante algunos días,
el mismo coche robado que supuestamente habían empleado los
marroquíes, siguió siendo utilizado para cometer
fechorías similares mientras ellos ya estaban en
prisión...
La interpretación alternativa de los mismos hechos
supondría que sólo hubo una pareja de agresores sexuales
(García y cómplice) y que su notable parecido
físico con Mounib y Tommouhi propició que
éstos fueran identificados erróneamente por las
víctimas como los culpables. A ello pudieron contribuir
también algunas irregularidades, como
comentábamos antes.
Es obvio que, en ausencia de elementos adicionales que inclinen
por una u
otra interpretación de los hechos, ha de preferirse la
segunda -la de los dos únicos culpables- como más
verosímil. No se trata de aplicar un principio de
economía puramente formal para optar por la
explicación estéticamente más simple.
Se trata de aplicar un criterio de probabilidad de las
hipótesis.
Ambos escenarios tienen como ingredientes errores
de los
testigos (en el segundo caso, un número mayor de errores,
aunque justificable) así como el parecido
físico de los actores. Pero mientras en el segundo caso, la
existencia del parecido es comprensible dada la dinámica de la
investigación
policial y las identificaciones, en el primer caso hay que
remitirse a una improbable coincidencia que congregó a
violadores "clónicos". Por tanto, hay razones objetivas para
considerar mucho más verosímil la segunda interpretación y pronunciarse a favor de
la inocencia de los dos marroquíes.
¿CÓMO
EMPEZÓ LA PESADILLA DE ESTOS DOS MARROQUÍES? SI
SON INOCENTES, ¿POR QUÉ SE LES DETUVO?
Abderrazak Mounib había sido detenido muchos años
antes, al parecer por un acto de exhibicionismo. No tenía
antecedentes penales y los policiales ya habían prescrito,
pero, para su desgracia, en 1991 aún conservaban las fotos que
le hicieron en comisaría. Fue incluido en la colección de
fotos mostrada a las víctimas y algunas dijeron
reconocerlo. Se le detuvo en Barcelona, donde vivía con su
familia.
El caso de Ahmed Tommouhi es todavía más
patético. El celo en la búsqueda policial de los
autores de las violaciones llevó a la detención
de dos "árabes" que se hospedaban en una pensión
de Terrassa. Tommouhi era uno de ellos. No tenía antecedentes
penales ni policiales y su documentación estaba en regla, pero
se consideró que su
aspecto encajaba en la descripción que habían
dado algunas víctimas. Nunca se demostró que Mounib y Tommouhi se conocieran...
¿Y CÓMO ES POSIBLE QUE LA PESADILLA SE HAYA
PROLONGADO TANTO?
Tras las detenciones vendrían las ruedas de reconocimiento y,
tras ser reconocidos por algunas víctimas, seguiría el calvario judicial. Tanto Mounib como Tommouhi fueron
imputados inicialmente en un buen número de causas, pero
terminaron con sólo cuatro condenas, dos de ellas en
común. Una de ellas sería finalmente anulada en
1997, como hemos visto. Sus
abogados interpusieron un recurso extraordinario de revisión
ante
el Tribunal Supremo. Con los años habían ido
aflorando la existencia del "doble", el vehículo
supuestamente "compartido", la problemática de las ruedas de
reconocimiento viciadas... En el 2000, el Supremo
desautorizó la solicitud de Mounib, poco antes de su
defunción. El mismo año, rechazó la
revisión de las condenas de Tommouhi. El tribunal
admitía la aparición de "dudas", "sombras",
"incertidumbres". Pero advertía que no era suficiente, dado
que un recurso de revisión (de "estrechos
márgenes" y "estrictas exigencias") requiere pruebas que
demuestren plenamente la inocencia del condenado. El Supremo
también recordaba que las víctimas siempre se
habían reafirmado en las identificaciones. Así,
la excusa de la coherencia procesal y el argumento falaz de la firmeza
de los testimonios sumían en la indefensión al
condenado. Pero los magistrados debían ser bien conscientes
de la magnitud de las "dudas" y las "sombras" cuando, en el mismo auto,
instaban a solicitar un indulto...
Los letrados de Tommouhi optaron por presentar un recurso de amparo
ante el Tribunal Constitucional. Finalmente, fue rechazado en
términos similares. Aunque parezca mentira, se
habían agotado todos los recursos posibles ante la justicia
española.
Posteriormente se intentó llevar el problema ante el
Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. Aún en el caso de
una sentencia
favorable, podía suceder que aquí, en la
práctica, no se le reconocieran efectos ejecutivos. Pero esto no llegó a plantearse: la demanda de Tommouhi fue
inadmitida desde un principio, en marzo de 2002. El tribunal de Estrasburgo no cuestionaba
el proceso y mucho menos las leyes españolas.
ESTA HISTORIA PARECE
INCREÍBLE… SI TODO ESTO ES TAN EVIDENTE,
¿POR QUÉ NADIE HABLA DEL ASUNTO?
Lo hicieron, y con conocimiento de causa. Tras la detención de Antonio García, agentes de la
Policía Judicial de la Guardia Civil redactaron informes
exculpatorios. Para ellos, los condenados eran inocentes. El propio
Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña,
pidió un indulto parcial, ante las "serias dudas" que
albergaba. El Colegio de Abogados de Barcelona y el de Rabat
solicitaron la excarcelación. Diversos diputados y
algún ministro se pronunciaron en el mismo sentido... Todo
esto ocurría en el año 1999, cuando
llegó a haber un cierto clamor por la resolución
del problema. Después llegó el 2000. Elecciones
generales en marzo. La muerte de Mounib en abril. El rechazo del
Tribunal Supremo en julio. Y al año siguiente, la estocada
de gracia por parte del Tribunal Constitucional. El asunto
quedo sumido en un letargo del que, prácticamente, aún no ha salido. Pero,
¿acaso Mounib y Tommouhi son hoy menos inocentes que en
1999, cuando tantas voces se hacían oír en su
favor?
ACABA DE MENCIONAR QUE SE PIDIÓ UN INDULTO. ¿FUE
DENEGADO?
Su concesión fue quedando en el aire, pero sin que tampoco se
resolviera en contra. Diversas dificultades jugaban en contra,
desde meros retrasos burocráticos
hasta el rechazo frontal de las víctimas, pasando por las
reticencias de los sucesivos gobiernos a indultar a "violadores". Pero
también -le sorprenderá saberlo- la dignidad de
los condenados, que nunca quisieron ningún tipo de
perdón sino que se hiciera justicia. Hasta el año 2006,
en que se le concedió la libertad condicional, Tommouhi se
negó a pisar la calle si no se reconocía
antes su
inocencia. Nunca quiso un indulto y ni tan siquiera aceptaba la
aplicación de beneficios penitenciarios, que le
hubieran permitido salidas ocasionales mucho antes. Finalmente, el 30
de abril de 2008, justo nueve años (!) después de
que fuera solicitado por la Fiscalía, el Consejo de Ministros
decidió denegarlo.
¿A QUÉ SE
HA DEBIDO EL DESINTERÉS POR ESTE ASUNTO? Ciertamente,
en medios
gubernamentales, judiciales, políticos e incluso
periodísticos, no parece haber habido ningún
interés manifiesto por este tema durante años. No creo que esta actitud
haya sido fruto de una conspiración, aunque el efecto sea el mismo
que si lo hubiera sido. Me temo que es, simplemente, la consecuencia de mucha
insensibilidad y mucha hipocresía acumuladas. Más
allá de los errores policiales y judiciales de los
orígenes, hoy nos las habemos con un auténtico fiasco
cívico, jurídico e institucional.
Algunos dirán que hay problemas más importantes
de los que preocuparse... Lo cierto es que cualquier "secuestro" legal
sin fundamento debe ser motivo de honda preocupación, ante
todo por la injustificable tragedia personal y familiar que
entraña. Claro que hay problemas aún
más graves, pero desviar la atención
señalando los demás males de este mundo suele ser
la excusa perfecta para no mover un solo dedo por nadie...
¿NO SERÁ QUE SE HA CONSIDERADO UN TEMA PASADO,
OLVIDADO, QUE NO ERA NOTICIA PORQUE NO HABÍA NOVEDADES?
Digámoslo sin ambages: es duro imaginarlo, pero Tommouhi seguía en una
celda cuando nadie hablaba de él porque no había "novedades"... Está claro que, mientras
perdure el error, el tema debería seguir siendo noticia.
EL HECHO DE QUE SEA UN PROBLEMA QUE SÓLO AFECTA A UN PAR DE
INMIGRANTES MARROQUÍES, ¿PODRÍA SER
UNA DE LAS RAZONES DEL DESINTERÉS DE MUCHOS?
Si fuera así sería un grave error. No hay que
perder de vista que la indefensión de las personas por la
sobrevaloración judicial de las pruebas testimoniales no es
un problema de inmigrantes... ¡es algo que puede afectar a
cualquiera! El ciudadano no es consciente de que, en este
país, una identificación en rueda de
reconocimiento -sin más pruebas- puede suponerle
años de cárcel. Este asunto ha puesto en
evidencia asimismo la incapacidad de nuestro sistema judicial para
corregir determinados errores así como la "mediocridad" -por
decirlo así- de algunos altos magistrados que teniendo en
sus manos la posibilidad de corregirlos no se han atrevido a hacerlo.
A FIN DE CUENTAS, ¿ES
POSIBLE SOLUCIONAR EL PROBLEMA?
El asunto suele ser percibido como un problema de solución
judicial muy difícil, que los propios condenados acabaron
haciendo imposible al rechazar de entrada un posible indulto. Tal como
están las cosas, sólo la aparición de nuevos
elementos de prueba que demostraran su inocencia podría permitir
revisar el caso.
Hay que convenir que la muerte de Mounib no
"solucionó" nada, ni lo ha hecho la puesta en libertad
condicional de Tommouhi. Desde luego, sus familias tampoco deben
de creerlo así. ¿Para qué la libertad sin
dignidad, cargando con ese estigma de violador en serie como una
segunda condena a perpetuidad? Las sentencias deberían
revisarse. ¿Imposible? Quizá sea una obviedad
pero la Ley ha de estar al servicio de las personas y no al
revés. Se ha dicho a veces que la Justicia siempre es
posible buceando hasta lo más profundo de la Ley. Eso es
precisamente lo que se ha echado en falta aquí hasta ahora.
No hay lugar para el conformismo. No estamos frente a un inevitable
desastre natural o una enfermedad incurable sino ante una -hasta cierto
punto- enmendable tragedia artificial.
Y en el peor de los casos, si la rectificación judicial
fuera del todo imposible, todavía cabría aspirar a un
reconocimiento público e institucional del problema y a que
se considerara seriamente la necesidad de introducir cambios en nuestra
vetusta legislación procesal. Muy especialmente, en lo que
concierne a la práctica y consideración de las ruedas de
reconocimiento (la Psicología tiene mucho que decir aquí)
y en lo referente a la revisión de sentencias firmes (uno se
siente ridículo al tener que recalcarlo: lo que llaman la
"seguridad jurídica" no debería estar nunca por encima de
la propia Justicia...).
A PROPÓSITO,
¿NO DEBERÍAN AHORRARSE LAS CRÍTICAS A
LAS SENTENCIAS DICTADAS, POR RESPETO A LA INDEPENDENCIA JUDICIAL?
La gente debe saber que un error judicial no es un tabú.
Nadie tiene derecho a convertir la independencia judicial, una
garantía de justicia, en un burdo pretexto de injusticia, en
un espantajo para ahuyentar las críticas. Cuando se
está denunciando un error tan excepcional como evidente, si
las críticas son procedentes, se han de reconocer los
errores.
FRANCAMENTE, ¿POR
QUÉ ME ESTÁ CONTANDO ESTA HISTORIA?
Mi intención al contarle esta historia inacabada -otros
sabrán valorar las lagunas de la actuación
policial y otros aspectos cuestionables- ha sido
convencerle de que hay un grave problema y de que debe hacer algo,
aunque sólo sea recordar a otros la vergonzosa
situación creada.
Debo aclararle que soy un ciudadano de a pie. No
llegué a conocer a Mounib y no conocí a Tommouhi hasta noviembre de 2005. Supe del caso por la prensa, la misma que
luego fue reacia -salvo alguna excepción- a publicar cuatro
líneas sobre el tema en la sección de cartas al
director. Me he informado a plena satisfacción de que las
cosas fueron tal como reflejaron los medios, o incluso peor. En definitiva, uno
no puede estar al corriente de estos hechos y quedarse de brazos
cruzados. Ése es el origen de estas líneas.
Ojalá sirvan para que nadie se atreva a enterrar en el
olvido a Tommouhi ni al difunto Mounib. Ojalá contribuyan a
que quien deba actuar actúe.
Manuel Borraz, noviembre/2002 (última revisión: agosto/2008) |